Fase 1

FASE 2  |  FASE 3

Comercio minorista (-400 m²)

  • Apertura al público – De todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y actividades de servicios profesionales con reducción al 30% del aforodistancia mínima de 2 m entre clientes y horario prioritario para mayores de 65 años
  • Podrá haber un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados. 
  • Exponer al público el aforo máximo del local

Hostelería y Restauración

  • Terrazas:
    • Posibilidad de reapertura en los locales de hostelería y restauración con limitación del 50% de las mesas autorizadas en la licencia vigente del año anterior. 
    • Posibilidad de reuniones de hasta 10 personas en terrazas.
       
  • Higiene en la prestación del servicio:
    • Limpieza y desinfección de mesas y sillas entre usos de clientes.
    • Prioritario el uso de mantelería de un solo uso. 
    • Puesta a disposición de geles hidroalcohólicos. 
    • Fomentar el pago con tarjeta u otros medios alternativos de pago al efectivo. 
    • Evitar el uso de cartas comunes y sustitución por otras opciones: dispositivos, carteles, etc.
    • Priorización de sistemas monodosis para productos de autoservicio. Prohibición de aceiteras, palillos, servilletas, etc.
    • Baños con ocupación de 1 única persona, salvo causas de necesidad.
       
  • Hoteles y alojamientos turísticos: 
    • Posibilidad de reapertura al público con las limitaciones siguientes:
      • Servicios de restauración y cafeterías de hoteles y alojamientos turísticos siguiendo las condiciones previstas anteriormente. 
      • Para clientes hospedados se prestará servicio de restauración y cualquier otro necesario, aunque NO en las zonas comunes, que permanecerán cerradas. 
      • No utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs zonas infantiles, discotecas y salones de eventos. 

Centros educativos y universitarios

  • Centros educativos:
    • Posibilidad de reapertura de los centros educativos para su desinfección, acondicionamiento y funciones administrativas cumpliendo con la distancia de seguridad de 2m. 
       
  • Higiene y prevención en centros educativos:
    • Limpieza y desinfección del centro con especial atención a zonas de uso común y superficies de contacto más frecuentes (mesas, muebles, suelos...). 
      • Utilizar desinfectantes como diluciones de lejía. 
      • Tras cada limpieza, los materiales empleados y EPIS se deshecharán. 
      • Medidas de seguridad aplicables a vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores. 
    • Modificación de la circulación de personas y distribución de espacios para mantener la distancia de seguridad. 
    • Limitación de documentos en papel. 
    • Medidas de separación entre trabajadores del centro educativo y usuarios. 
    • Los centros educativos deberán proveer a sus trabajadores de los EPIS necesarios. 
       
  • Centros y laboratorios universitarios: 
    • Posibilidad de reapertura de centros universitarios para su desinfección y acondicionamientos y gestiones administrativas inaplazables, cumpliendo con la distancia de seguridad de 2m. 
    • Las Universidades deberán proveer a sus trabajadores de los EPIS necesarios. 
    • Cumplir con las medidas de higiene y protección previstas anteriormente. 

Transporte

Se establecen las condiciones y requisitos a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad para garantizar la seguridad, hasta finalización del estado de alarma, incluidas prórrogas o nueva orden ministerial: (Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo)

  • Los servicios ferroviarios de cercanías de competencia estatal irán aumentando su oferta progresivamente hasta recuperar el 100% de los mismos.

  • Medidas a aplicar a las conexiones aéreas de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre tarifas para cada una de las rutas, ofreciendo al público solo el 50% de la capacidad total de cada aeronave.

  • Medidas y restablecimiento de los servicios marítimos en la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Medidas a aplicar a las conexiones aéreas de la Comunidad Autónoma de Illes Balears.

  • Restablecimiento de los servicios marítimos en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.

  • Condiciones para el ejercicio de la navegación de recreo o deportiva y otras actividades aeronáuticas de recreo.

Desplazamientos población infantil

  • Las CCAA podrán acordar en su ámbito territorial que la franja horaria comience hasta 2h antes y termine hasta 2h después, siempre que no se incremente el total

Otros

  • Libertad de circulación por la provincia / isla / unidad de referencia, respetando las medidas de seguridad e higiene. 
  • Velatorios y entierros – Límite máximo de 15 personas en espacios abiertos y 10 en cerrados. 
  • Lugares de culto – No superar 1/3 del aforo y cumplir con medidas generales de seguridad e higiene. 
  • Bibliotecas – Posibilidad de reapertura de bibliotecas, tanto públicas como privadas para préstamo y devolución, lectura en sale e información. 
  • Museos – Posibilidad de abrir sus instalaciones al público con límite de 1/3 del aforo previsto. Solo estarán permitidas las visitas y no la realización de actividades culturales ni didácticas. Visitas individuales o unidad familiar o de convivencia manteniendo la distancia de seguridad. 
  • Locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales – Posibilidad de reapertura al público con un límite de 1/3 del aforo. 

RESUMEN DE NORMATIVA APROBADA POR EL GOBIERNO PARA LA FASE I:

  • Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura.
  • Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Ver regulación específica de cada Comunidad Autónoma

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