●Se establecen medidas relativas a los procedimientos de admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos y en las escuelas infantiles, de la Comunidad de Castilla y León, para el curso escolar 2020-2021, ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. (ORDEN EDU/382/2020, de 7 de mayo)
●El Rectorado de la Universidad de Burgos convoca ayudas complementarias a estudiantes matriculados en titulaciones oficiales de grado y máster en el presente curso académico 2019/2020 en situaciones de dificultad económicas derivadas del COVID-19. (EXTRACTO de la Resolución de 28 de abril de 2020)
●Se adoptan las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil, en acogimiento residencial que se encuentran bajo la guarda de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, hasta finalización del estado de alarma y posibles prórrogas. (RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2020)
●El Rectorado de la Universidad de Valladolid adopta las siguientes medidas como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19: ( RESOLUCIÓN del 7 de abril de 2020 )
Se establece que la finalización del presente curso académico se desarrollará de forma no presencial con carácter general.
Se celebra, con la mayor brevedad posible, una sesión del Consejo de Gobierno , mediante videoconferencia, con el objeto de debatir y aprobar los criterios académicos de adaptación de la docencia presencial a no presencial.
Se encomienda a la Comisión de Ordenación Académica y Profesorado (COAP), en coordinación con los Decanos y Directores de los centros, la elaboración de un documento de adaptación de la docencia presencial a no presencial, que determina el calendario de desarrollo de este segundo cuatrimestre del curso 2019-2020, y fijará las directrices generales sobre la organización de la docencia no presencial, las prácticas académicas curriculares y las extracurriculares, los trabajos finales de grado o de máster.
Se remitir el documento elaborado por la COAP a todos los miembros del Consejo de Gobierno a través de medios electrónicos.
● Se adoptaránmedidas en materia de selección del personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitariasdependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, hasta el 27 de junio con posibilidad de prórroga. (ORDEN SAN / 327/2020, de 25 de marzo)
● Suspensión de la actividad docente presencialyextraescolaren todos los centros educativos y todos los niveles, hasta el 27 de marzo. (ORDEN SAN / 306/2020, de 13 de marzo)● Se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para fomentar el autoempleo de los trabajadores desempleados que han perdido su empleo desde el inicio de la declaración del estado de alarma en la Comunidad de Castilla y León. Las subvenciones están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, de acuerdo con el Programa Operativo de Castilla y León 2014-2020. (ORDEN EEI / 383/2020, de 8 de mayo)
●Se corrige el anexo de Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano abiertos para la presentación presencial de las solicitudes y documentación, en la convocatoria de ayudas en los alquileres de vivienda habitual. ( CORRECCIÓN de errores de la Orden FYM / 374/2020, de 5 de mayo )
● Se aprueban las bases reguladoras de lassubvenciones de apoyo a las pymes comercialescontroladas por las medidas de gestión de la crisis del COVID-19, se incorpora un anexo. (ORDEN EEI / 376/2020, de 5 de mayo)
● Se convocanayudas al alquilermediante adjudicación directapara personas arrendatarias de vivienda habitualesubicadas dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, que tengan problemas transitorios para atender el pago total o parcial del alquiler como consecuencia del impacto económico y social del COVID –19. La cuantía podrá llegar hasta el 100% de la renta con unlímite máximo de 500 euros al mes,siendo el período máximo subvencionable de4 mensualidadescomprendidas entre abril y septiembre de 2020, ambos incluidos. (ORDEN FYM / 374/2020, de 5 de mayoyEXTRACTO de la Orden FYM / 374/2020, de 5 de mayo)
● Se establecerán las bases reguladoras para la concesión desubvenciones destinadas al sector turísticode Castilla y León, para la evaluación de la liquidez a las empresas turísticas que por motivo de la emergencia sanitaria que están pasando por las dificultades económicas por la falta de ingresos. La cuantía individualizadano podrá ser inferior a 500 € ni superior a 2.000 €. (ORDEN CYT / 363/2020, de 29 de abril)
● Se conceden ayudas necesarias para laprotección y mantenimiento del empleo,para paliar los efectos de la crisis sanitaria: (DECRETO-Ley 2/2020, de 16 de abril)
A la protección de las personas trabajadoras que no perciben ningún tipo de asignación o subsidio por desempleo o por cese de actividad ( Programa Personal de Integración y Empleo ). La cuantía de la ayuda será del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y la duración proporcional al tiempo trabajado, con un mínimo de 3 y máximo 6 meses.
A las empresas que contratan personas inscritas como desempleadas no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. La cuantía de la subvención será de 10.000 € por trabajador contratado a tiempo completo.
Subvenciones para el incentivo de la contratación de personas trabajadoras que por su edad tienen mayores dificultades de acceso al mercado laboral y que han sido despedidos o que han sido probados de empresas que han cerrado. La cuantía de la subvención será de 8.000 € por trabajador contratado a tiempo completo.
Subvenciones a las empresas que necesitan un refuerzo en la contratación para atender el incremento de la producción . La cuantía de la subvención será hasta 3.500 € por contratos de interinidad, hasta 10.000 € por contratos indefinidos a tiempo completo y hasta 5.000 € por contratos en prácticas.
Ayuda de refuerzo adicional a las personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo, con un complemento salarial del 25% del Salario Mínimo Interprofesional.
En la industria agroalimentaria. Para proyectos de hasta 2.000.000 € la ayuda máxima será de 640.000 €. y para proyectos de más de 2.000.000 € la ayuda máxima será de 1.100.000 €, pudiendo alcanzar los 3.000.000 € en los casos de reincorporación de trabajadores afectados por ERTE o por fuerza mayor.
Subvenciones a las pymes comerciales criterios por la crisis sanitaria, con carga a los créditos disponibles que figuran en el presupuesto de la Consejería de Empleo e Industria.
Subvenciones a la promoción comercial y al tejido asociativo, tramitadas y resueltas por la Consejería de Empleo e Industria
Ayudas para la promoción durante 6 meses la extensión de la reducción de las cuotas de la Seguridad Social para la consolidación del trabajo autónomo para los que hayan completado la reducción de las cuotas o la extensión de las mismas en las próximas fechas próximas al inicio o la finalización de la declaración del estado de alarma.
Ayudas para la reincorporación de los autónomos que han cesado su actividad ( Programa REINCORPÓRATE ) que retomen su actividad empresarial y mantenida durante al menos 6 meses desde la reincorporación. La cuantía de la ayuda será del 40% de la cuota de cotización a la Seguridad Social sobre la base mínima de cotización correspondiente, durante los 3 primeros meses desde la reincorporación.
Subvenciones para generar nuevas oportunidades de emprendimiento. Por inicio de actividad 5.000 €, con un gasto mínimo justificado de hasta 2.000 €., Por contratación de servicios externos para el desarrollo de su actividad relacionada con la digitalización y / o teletrabajo hasta 3.000 €. y por formación en teletrabajo, nuevas tecnologías y venta en línea hasta 2.000 €
Ayudas a los autónomos , con o sin empleados a su cargo, y nuestros negocios, sin haber cesado en su actividad, se han visto afectados por las medidas frente al COVID-19, serán tramitados y resueltas bien por la Consejería de Economía y Hacienda .
Ayuda a los autónomos que cesen definitivamente su actividad y no perciben asignación ni subsidio por desempleo o cese de actividad ( Programa Personal de Integración y Empleo ) con una cuantía del 80% del IPREM.
● Se conceden ayudas específicas a los sectores de laCultura, el Turismo y el Deporte, para determinadas situaciones creadas por el COVID-19, cuentos ayudas se atenderán con carga a los créditos disponibles que figuran en el presupuesto de la Consejería de Cultura y Turismo: (DECRETO-Ley 2/2020, de 16 de abril)
Subvenciones a la modernización, innovación y digitalización en el sector cultural y deportivo.
Subvenciones al asociacionismo, a la promoción y la formación en las industrias culturales y creativas y el patrimonio cultural.
Subvenciones a los sectores culturales, turísticos y deportivos.
● Se conceden ayudas y medidas enmateria de vivienda,para paliar los efectos de la crisis sanitaria: (DECRETO-Ley 2/2020, de 16 de abril)
Se reduce en un 50% el importe de las mensualidades de la renta de alquiler en todos los contratos de arrendamiento de viviendas de protección pública de promoción directa suscritos por la Junta de Castilla y León y sus entidades dependientes. Desde la declaración del estado de alarma y hasta el último mes que duró dicho estado, con un máximo de meses, es decir hasta el 14 de julio de 2020.
Se aplaza el pago del 50% del importe de las mensualidades de la renta del alquiler restante desde la declaración del estado de alarma hasta el último mes que dure dicho estado, con un máximo, de 4 meses, es decir hasta el 14 de julio de 2020.
Se declara la moratoria en el pago de las cuotas de compra en todos los contratos suscritos por la Junta de Castilla y León y sus entidades dependientes, para la enajenación de viviendas de protección pública de promoción directa, desde la facturación del mes de abril hasta el último mes que dure el estado de alarma, con un máximo de 4 meses.
● Se amplían, a partir del día 20 de abril de 2020,un mes adicional los plazos para la presentación de la autoliquidación y pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,hasta la finalización de las prórrogas del estado de alarma. (RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2020)
● Se amplía un mes los plazos para la presentación de autoliquidación y pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, vigentes hasta la finalización del estado de alarma. ( ORDEN EYH / 328/2020, de 19 de marzo )● Las medidas económicas incluidas por el gobierno regional por el COVID-19 no se encuentran sujetos a fiscalización previa. (DECRETO 2/2020, de 16 de marzo,)
●Se encomienda a la Gerencia Regional de Salud al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León la preparación de kits de pruebas de diagnóstico de detección del virus COVID-19 mediante la técnica RTqPCR. (RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2020)
●Se deja sin efecto la medida de puesta a disposición del Sistema Público de Salud de Castilla y León del Hospital privado Santa Teresa de Ávila, adoptada como consecuencia del estado de alarma ocasionado por el COVID-19. (ORDEN SAN/370/2020, de 30 de abril)
●Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la adquisición de equipos de protección individual para labores de desinfección de los equipos, instalaciones y personas, en respuesta a la situación de contingencia, para adaptar los puestos de trabajo frente al COVID-19. (ORDEN EEI/362/2020, de 29 de abril)
●Se deja sin efecto la medida de puesta a disposición del sistema público de salud de Castilla y León de determinados centros y establecimientos sanitarios privados de Palencia, Salamanca, Segovia, Valladolid y Zamora, adoptada como consecuencia del estado de alarma. (ORDEN SAN/350/2020, de 20 de abril)
●Se encomienda a la Dirección General de Producción Agropecuaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural la realización de pruebas analíticas de detección del virus COVID-19 de las muestras que le sean remitidas por los centros sanitarios del Servicio de Salud de Castilla y León, por una duración inicial de 6 meses (hasta el 20 octubre 2020) prorrogandose de forma sucesiva y automática por iguales períodos de tiempo, salvo desaparición de la necesidad que ha motivado la encomienda. (RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2020)
●Se conceden subvenciones a las empresas que prioricen la máxima protección de la salud de las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios esenciales a raíz de la declaración del estado de alarma, así como de aquellas trabajadores con teletrabajo y de las que se vayan incorporando de forma progresiva al ámbito laboral, hasta el 31 de diciembre de 2021:
La adquisición de equipos de protección individual (guantes, gafas, mascarilla, batas, botas…)
La asistencia para labores de desinfección biológica de los equipos, instalaciones y personas.
Servicio de prevención ajeno para la evaluación de los puestos de trabajo que puedan ser población de riesgo frente al COVID-19.
Información y asesoramiento a los trabajadores y empresas de Castilla y León para la prevención de los contagios por COVID-19 en los centros de trabajo.
Tales subvenciones se atenderán con cargo a los créditos disponibles que figuren en el presupuesto de la Consejería de Empleo e Industria. (DECRETO-Ley 2/2020, de 16 de abril)
● Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico, con independencia de su titularidad, ubicados en el territorio de Castilla y León, hasta finalización del estado de alarma y prórrogas correspondientes, deberán: (RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2020)
Realizarán pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19 bajo prescripción médica.
Notificar a la autoridad sanitaria competente los casos de COVID-19 confirmados de los que hayan tenido conocimiento al realizar dichas pruebas.
Notificar a la autoridad sanitaria competente del tipo de material, número de unidades adquiridas y destino de uso de los hisopos, medio de transporte de virus, reactivos de inactivación, kits de extracción de ácidos nucleicos o reacciones de PCR y test rápidos diagnósticos.
Dicha información se trasladará en el plazo máximo de 2 días a los Servicios Territoriales de Sanidad, para su inmediata remisión a la Dirección General de Salud Pública.
● Se deja sin efecto la Orden por la que se aprobaba el Programa 2020 para el reconocimiento e incentivación de los profesionales que finalizan su residencia en los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León «Premios José María Segovia de Arana». (ORDEN SAN/338/2020, de 26 de marzo)
● Los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que estén prestando servicios en cualquier Consejería, Organismo Autónomo o Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, deberán, cuando así sean requeridos, pasar a desempeñar temporal y excepcionalmente funciones, tareas o responsabilidades del ámbito Sanitario o Sociosanitario y de servicios sociales previa solicitud de la Consejería u Organismo Autónomo que lo precise, hasta finalización del estado de alarma y sus posibles prórrogas. (ORDEN PRE/339/2020, de 6 de abril)● Suspensión del transporte urbano e interurbano por carreteraenBurgos, León, Valladolid, Salamanca y Segovia. Serequieren servicios mínimosen el resto del territorio, hasta el 27 de marzo. (ORDEN SAN / 306/2020, de 13 de marzo)
● Medidas dedesinfección e higiene diaria de los medios de transporte público,hasta el próximo 26 de marzo (Orden SAN / 300/2020, de 12 de marzo.)
● Evitar el uso del transporte públicosiempre que sea posible, hasta el 26 de marzo. (Orden SAN / 295/2020, de 11 de marzo)
●Se establecen las condiciones para los desplazamientos por parte de la población infantil y las condiciones en las que se puede realizar actividad física al aire libre, en relación con los niños que se encuentran bajo la guarda de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. (RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2020)
● Eventos deportivos de competiciones nacionales e internacionales a puerta cerrada, hasta el 26 de marzo. (Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo)●Se adopta medidas en materia de selección de personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, como consecuencia del estado de alarma ocasionado por el COVID-19. (ORDEN SAN/361/2020, de 27 de abril)
●Se determinan reglas específicas en los procedimientos administrativos, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, hasta finalización del estado de alarma. (RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2020)
Quedan suspendidos los términos e interrumpidos los plazos administrativos previstos en los procedimientos de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, salvo excepciones.
En los procedimientos de concesión de subvenciones, el órgano competente podrá ampliar los plazos de ejecución de la actividad subvencionada, debido a la imposibilidad de realizar la actividad durante la vigencia del estado de alarma.
Podrán ser modificadas, a instancia del beneficiario, las resoluciones y convenios de concesión de subvenciones.
No se procederá la tramitación de los escritos, solicitudes, comunicaciones o documentos de cualquier naturaleza que se presenten en cualquier registro público, dirigidos a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y serán objeto de tramitación una vez que deje de estar en vigor el estado de alarma.
● El Interventor General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, autoriza a que los actos de recepción correspondientes a las entregas que se produzcan durante el período de duración del estado de alarma, se puedan realizar sin la asistencia de los representantes designados por la Intervención General. (RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2020,)
● Se amplía el plazo máximo de resolución y notificación de todos los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia de la crisis sanitaria, incluida la declaración del estado de alarma, cuya resolución sea competencia de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, hasta el próximo 17 de abril inclusive. (RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2020)
● Se incorporan cambios en la gestión de los créditos presupuestarios prorrogados para 2020, ha consecuencia de la crisis sanitaria: (DECRETO 3/2020, de 26 de marzo)